Compliance

Nuevas cláusulas para contratos de encargo

Nuevas cláusulas para contratos de encargo

La Comisión Europea publica nuevas cláusulas, tanto para contratos de encargo (RGPD 28) como para Transferencias Internacionales (RGPD 46). Las primeras están disponibles, por ahora, en los tres idiomas oficiales de la Unión Europea: Inglés, Francés, Alemán.

En cuanto estén disponibles en castellano, se habrá superado, en parte, uno de los problemas principales de la adecuación normativa.

Fundaciones y RGPD

Fundaciones y RGPD

Por definición las fundaciones persiguen un interés general, el cual debe estar así reconocido en ley. En algunos casos las fundaciones no tratan más datos personales que los de sus empleados. Pero la mayoría de ellas se dirigen a colectivos con necesidades especiales, relacionados con la vulnerabilidad en sus múltiples manifestaciones.

Deber de Informar

Deber de Informar

Una piedra angular de la protección de datos personales es que el titular de los datos esté informado de quién los tiene y qué hace con ellos. Labor que, al menos para la mayoría de agentes económicos y sociales, es relativamente fácil de asumir.

Llega la Compliance a los datos personales

Llega la Compliance a los datos personales

El RGPD implica una continuidad sustancial con la Directiva anterior (95/46) de Protección de Datos Personales, aunque también cambios más allá de la esperable intención del legislador europeo en conseguir que Europa se rija por leyes lo más uniforme posibles en aquéllos campos que lo requieran, que no son pocos. Se produce un previsible giro hacia el principio de la responsabilidad proactiva.