Código de Conducta en entidades sociales
Segundo código de conducta del Consorcio de Salud y Social de Cataluña, dedicado al sector social.
Segundo código de conducta del Consorcio de Salud y Social de Cataluña, dedicado al sector social.
Por definición las fundaciones persiguen un interés general, el cual debe estar así reconocido en ley. En algunos casos las fundaciones no tratan más datos personales que los de sus empleados. Pero la mayoría de ellas se dirigen a colectivos con necesidades especiales, relacionados con la vulnerabilidad en sus múltiples manifestaciones.